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Sence IFE laboral 2023

El IFE laboral incentiva a los trabajadores previamente desempleados a aceptar un empleo formal ayudándoles a comenzar un nuevo trabajo. La ayuda se paga directamente al trabajador si su salario bruto mensual no supera los tres salarios mínimos mensuales (actualmente 1.050.000 pesos).

En el marco del programa de estímulo económico Chile Apoya, el derecho de los trabajadores a recibir el IFE se ha ampliado hasta el 30 de septiembre de este año. Esto significa que las personas que consigan encontrar un trabajo para entonces recibirán la cantidad hasta diciembre de 2022.

El IFE laboral paga una asignación mensual a las personas que han firmado un contrato de trabajo. Este subsidio se concede por un periodo máximo de tres meses.  Su objetivo es promover la integración y la formalización del mercado laboral y apoyar la reintegración de las mujeres, en particular, en el mundo del trabajo.

Esta ayuda está destinada a los grupos que se han quedado atrás en la recuperación económica y en el mercado laboral formal: Las mujeres, los jóvenes entre 18 y 24 años, los mayores de 55 años y las personas con discapacidad. Veamos más al respecto.

¿Qué es el IFE?

Se trata de un incentivo para que los desempleados accedan a un empleo formal, proporcionándoles ayuda para acceder a un nuevo empleo. Esta prestación se paga directamente al trabajador si su salario bruto mensual no supera los tres salarios mínimos mensuales (actualmente 1.140.000 pesos).

¿Qué significan los cambios anunciados en el IFE Laboral Apoya?

  1. El plazo de solicitud de la prestación se prolongará hasta septiembre de 2022, fecha en la que finalizará el plazo de solicitud de la prestación.
  2. Los trabajadores que soliciten el IFE de Laboral Apoya antes del 31 de julio de 2022 podrán recibir hasta tres meses de salario mientras estén contratados.
  3. Los trabajadores que soliciten con éxito el subsidio de desempleo IFE en agosto y septiembre de 2022 tienen derecho a recibir hasta 2 y 1 meses de salario, respectivamente, mientras sigan trabajando.

¿Cuál es el monto del beneficio?

Hombres mayores de 24 años y menores de 55:

  • Períodos de pago hasta junio de 2022: 50% del salario bruto imponible, hasta un máximo de 200 000 pesos al mes.
  • Para los períodos de pago de julio a septiembre de 2022: el 25% de la remuneración bruta imponible, con un máximo de 100 000 pesos al mes.

Mujeres, jóvenes de 18 a 24 años, hombres de 55 años o más, personas con una discapacidad reconocida y pensionistas por invalidez:

  • Períodos de pago hasta junio de 2022: 60% del salario bruto mensual imponible, hasta un máximo de 250.000 pesos al mes.
  • Para los periodos de pago de julio a septiembre de 2022: el 60% del salario bruto mensual imponible, pero no más de 300.000 pesos al mes.

Requisitos para postularse al IFE Laboral

  • Celebración de un nuevo contrato de trabajo (en el mes en curso o, a más tardar, en el mes anterior al de la solicitud). El SENCE comprobará que el mismo empleador por el que solicita esta prestación no ha pagado cotizaciones de pensión y/o seguro de salud en los últimos tres meses.
  • Su salario bruto imponible es menor o igual al salario mínimo mensual de tres meses ($1.050.000).
  • Estar desempleado durante todo el mes anterior al inicio de su nuevo contrato de trabajo. El SENCE verificará que ningún empleador haya pagado cotizaciones de pensión y/o seguro de salud en el mes anterior al inicio de su nuevo contrato de trabajo.
  • Al presentar la solicitud, debe indicar los datos de la cuenta bancaria o de la cuenta corriente en la que debe efectuarse el pago si es usted el beneficiario. Esta cuenta debe estar vinculada al RUT del demandante.

El régimen del IFE es compatible con el Subsidio Protege, el Bono Trabajo Mujer (BTM), el Subsidio Empleo Joven (SEJ) y la reducción temporal de jornada prevista en la Ley de Protección del Empleo.

El IFE Laboral es compatible con:

  • Subsidio Protege
  • Bono Trabajo Mujer (BTM)
  • Subsidio Empleo Joven (SEJ) 
  • Reducción temporal de la jornada de trabajo de la Ley de Protección del Empleo.

Importante: El demandante no debe haber estado empleado con un contrato de trabajo en el mes anterior al mes en el que presenta la reclamación al IFE Laboral.

Para comprobarlo, Sence realizará una comprobación en el momento de la solicitud:

  • Que el demandante no haya cotizado a la Seguridad Social en el mes anterior al del contrato de trabajo.
  • Que el trabajador que solicita prestaciones no haya cotizado a la seguridad social con el mismo empresario para el que solicita prestaciones (el mismo empresario) en los tres meses anteriores al inicio del contrato de trabajo.

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